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Según Sandra García González, abogada de Fórum Jurídico con la suspensión de los plazos de prescripción declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha ampliado desde el 7 de octubre de 2020 hasta el 25 de diciembre de 2020 el plazo que tienen para presentar una reclamación quienes, habiendo adquirido una vivienda sobre plano antes del 1 de enero de 2016, no hubiesen recibido la vivienda y no les hubiesen sido devueltas las cantidades entregadas.
En este artículo se habla de:
1.- El derecho que asiste a los compradores que se encuentran en esta situación.
2.- Los plazos para presentar esta reclamación.
3.- El nuevo plazo para presentar esta reclamación tras la crisis del COVID-19 y su viabilidad ante los tribunales.
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