Fórum Jurídico informa. Julio J. Sánchez Barreda analiza una reciente sentencia del TJUE relevante para el sector de la aviación. Su importancia se encuentra en la incidencia que va a tener en los procedimientos de reclamación de equipajes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó el pasado 9 de julio una sentencia relevante para el sector de la aviación. Su importancia se encuentra en la incidencia que va a tener en los procedimientos de reclamación de equipajes.
Pues si bien, no viene a introducir importantes modificaciones en la jurisprudencia ya consolidada , sí afrenta la que puede ser considerada como una mala práctica de los juzgados y tribunales en la materia. El máximo órgano judicial del continente europeo ha dispuesto que la cantidad prevista en el Convenio de Montreal en concepto de límite de responsabilidad del transportista aéreo en caso de destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje facturado, constituye una indemnización máxima que no corresponde ipso iure y a tanto alzado al pasajero afectado. Deberá cuantificarse de forma individualizada cada caso atendiendo al conjunto de circunstancias.
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