Juan Blanco, Asociado Senior del Área Fiscal de Alier Abogados nos lo explica
Todas aquellas personas trabajadoras que se hayan visto afectadas por un ERTE deberán tener en cuenta las consecuencias fiscales que dicha situación extraordinaria derivada del coronavirus pueda tener en su declaración de la Renta del ejercicio 2020, la que se presentará entre abril y junio del próximo año 2021.
Como señala nuestro compañero Juan Blanco, Asociado Senior del Área Fiscal, en Economist & Jurist, “la Dirección General de Tributos ha establecido el siguiente criterio: en caso de personas trabajadoras afectadas por un ERTE que hayan percibido prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), nos encontramos en presencia de dos pagadores distintos: la empresa donde se trabaja y el SEPE (organismo autónomo de la Administración General del Estado).
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