¿Qué opciones tienen arrendadores y arrendatarios en esta situación? ¿Es posible alcanzar un acuerdo?Jorge Mendez Llorente, Abogado Senior del Área Civil y Mercantil, de Alier Abogados, responde a estas cuestiones
Como consecuencia del Covid-19 en España, miles de familias no han podido, ni pueden, afrontar los pagos de alquileres, tanto de viviendas como de locales de negocio, siendo cada vez más común el impago de los arrendamientos.
Pero no son únicamente estos los que lo sufren, un gran número de propietarios en España viven de las rentas de dichos inmuebles, para quienes esos impagos suponen un gran problema económico que les puede impedir cumplir con sus compromisos de pago.
Debemos señalar que, a pesar de la aparición del Covid-19, el impago no evita ni la existencia del hecho imponible ni del devengo del impuesto, por lo que el arrendador debería liquidar el IVA ante la Administración Tributaria, disponiendo de los mecanismos establecidos por la norma para la recuperación de cuotas de IVA impagadas y recogidas en el artículo 80 de la LIVA.
En el impago de rentas podemos encontrarnos con dos situaciones:
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