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Como normal general, la contabilidad del impuesto sobre sociedades no tiene por qué generar una provisión. El impuesto de sociedades según la Norma 13ª de Registro y Valoración, es un gasto que se contabilizará al cierre del ejercicio por su importe concreto calculado a partir del resultado empresarial.
Para dotar una provisión debe existir una indeterminación del gasto. Es posible que lo indeterminado sea el momento en el que se hará el pago o que conociendo este, desconozcamos el importe exacto a abonar.
De hecho, así lo establece la propia definición de la cuenta (141) Provisión para impuestos cuando dice que recogerá el importe estimado de las deudas tributarias cuyo pago está indeterminado en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que producirá.
A continuación te dejamos toda la información que necesitas saber en este PDF
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