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La Generalitat de Cataluña ha abierto el trámite de inscripción previa a los registros extraordinarios para el mantenimiento de la actividad económica frente a la Covid-19.
¿Quién puede solicitar estos registros?
Personas trabajadoras autónomas individuales o personas trabajadoras autónomas que formen parte de una microempresa.
Concretamente, establece estos registros para personas dadas de alta al Régimen especial de trabajo autónomo de la Seguridad Social (RETA) o bien en regímenes alternativos a este, tanto si ejercen la actividad económica como persona física como si lo hacen dentro de una empresa con personalidad jurídica, y tienen que cumplir el requisito de tener una dimensión máxima de seis personas entre personas trabajadoras autónomas y personas contratadas. Además, en el caso de las empresas con personalidad jurídica y cooperativas, el número máximo de personas socias es de tres.
Requisitos:
Para acceder a la inscripción, las personas interesadas tienen que cumplir:
a) Tener el domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.
b) Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA de manera ininterrumpida, antes del 1 de octubre de 2020.
c) La base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas del último ejercicio disponible de la persona solicitante tiene que ser igual o inferior a 35.000 euros.
d) El rendimiento neto de la actividad de los tres primeros trimestres de 2020 no tiene que superar el importe de 13.125 euros.
e) Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y otro normativa aplicable.
f) No tener ayudas otorgadas, de acuerdo con la Resolución TSF/1270/2020, de 3 de junio, por la cual se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para favorecer el autoempleo de jóvenes inscritos al programa de Garantía Juvenil para el año 2020, en el marco del plan de choque del Decreto Ley 16/2020, de 5 de mayo, de medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad para hacer frente a la COVID-19, ni con la Resolución TSF/2799/2020, de 4 de noviembre, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para favorecer el mantenimiento de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas, persona física, y de las personas trabajadoras autónomas que forman parte de una microempresa ante los efectos de las nuevas medidas adoptadas para hacer frente a la COVID-19.
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