Querol Assessors informa
Os informamos de que en el DOGV del pasado sábado 5 de diciembre se publicaron dos normas relacionadas con la Covid-19 y que nos afectan en varios ámbitos:
La primera norma hace referencia a las medidas aplicadas a estas fiestas navideñas:
– Prórroga del confinamiento perimetral de la Comunitat Valenciana hasta el 15/01/2021
– Celebración de las fiestas navideñas(días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 de enero):
· Se permiten desplazamientos hasta el lugar de residencia habitual de familiares y allegados.
· El toque de queda se amplía hasta las 1:30h, únicamente para permitir el regreso al domicilio.
· Las reuniones familiares podrán ser de hasta 10 personas (se recomienda que no se superen los dos grupos de convivencia).
La segunda norma entrará en vigor el jueves 10 de diciembre y mantendrá su vigencia hasta las 23:39h del 15 de enero de 2021.
Os la explicamos por sectores:
Comercio minorista y prestación de servicios profesionales:
– El aforo se mantiene al 50%.
– El aforo máximo estará visible en la entrada.
Hostelería y restauración:
– Aforo del 30% en el interior (antes era 33%).
– Aforo del 50% en terrazas.
– Mesas de máximo 6 personas.
– Distancia entre mesas de 2m en el interior y de 1,50m en el exterior.
– Consumo siempre en mesa. Prohibido consumir en barra.
– El aforo máximo estará visible en la entrada.
– Horario de cierre 00:00h, sin que puedan entrar clientes nuevos a partir de las 23h.
– Prohibidos los servicios tipo self-service o buffet.
– Prohibido fumar en terrazas cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de 2m.
– Se incluyen en este punto los bares, cafeterías y restaurantes de las instalaciones hoteleras.
Hoteles, albergues turísticos, casas rurales y otros alojamientos:
– Aforo en zonas comunes del 30%.
– En los hoteles, los servicios de restauración se adaptarán a los establecidos en el apartado de establecimientos de hostelería y restauración.
– En los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia ni utilizar cocinas compartidas.
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