Despacho
Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
Calle Alemanya, 17
17600 Figueres (Girona)
Tel.: 902365500
https://www.tax.es
Tax informa
Las bonificaciones para incentivar la prolongación de los contratos fijos discontinuos en estos sectores se vienen aplicando desde hace años. Aquí te contamos cómo han ido evolucionando.
Ley 3/2012 (6 de julio)
Esta Ley permitía a las empresas obtener una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social en los meses de marzo y noviembre de cada año, con la condición de mantener la ocupación de los trabajadores con contratos fijos discontinuos durante estos meses. Esta bonificación se aplicaba por contingencias comunes, conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y formación profesional.
A lo largo de los años se han introducido algunas modificaciones a dicha ley:
Variaciones introducidas en 2019
Se estableció una bonificación del 50% para los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año para empresas que inicien o mantengan en alta a los trabajadores con contrato fijo discontinuo durante estos meses.
Podían acceder a esta bonificación las empresas del sector de turismo, comercio y hostelería, excluidas las del sector público, que estuvieran vinculadas al sector del turismo.
Figuraba también una excepción para las empresas que tuvieran centros de trabajo en las Islas Baleares y Canarias y se dedicaran al turismo, comercio y hostelería que estuvieran vinculadas al sector del turismo. Aquí se sumaban a los meses mencionados, octubre y diciembre de 2019 i febrero y marzo de 2020.
Real Decreto-Ley 7/2020 (12 de marzo)
Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, la bonificación del 50% para las empresas del sector del turismo, comercio y hostelería vinculadas al turismo (excepto el sector público) se aplicaba a los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio, siempre que se mantuvieran los contratos fijos discontinuos durante estos meses.
Esta modificación no se aplicó a las Islas Baleares ni Canarias en febrero y marzo de 2020. Durante estos meses se aplicó la bonificación regulada en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 12/2019 de medidas urgentes para paliar los efectos de la quiebra del grupo turístico Thomas Cook.
Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
Calle Alemanya, 17
17600 Figueres (Girona)
Tel.: 902365500
Formar parte de este portal es una garantía de calidad y de confianza
Llegamos mensualmente a más de 80.000 empresas de todo el territorio español
Mantente al día con las últimas tendencias y noticias del ámbito legal.