Despacho
Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
Calle Alemanya, 17
17600 Figueres (Girona)
Tel.: 902365500
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Tax informa
Plazo solicitudes: si iniciará el 20-01-2021 hasta 20-11-2021, este último incluido.
Las solicitudes se deben presentar según el modelo normalizado que estará a disposición de las personas interesadas en la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña.
La resolución de convocatoria establece la fecha a partir de la que se pueden suscribir los contratos a subvencionar, la solicitud de la subvención de los que no puede exceder de 1 mes a contar desde la fecha de celebración (base 5.2)
Plazo de ejecución:
Inicio contratos: Las ayudas a la contratación previstas en la presente convocatoria se corresponderán a contratos que se suscriban entre el día 01-01-2021 y el 30-09-2021 incluido.
Finalización: El período de contratación subvencionado finalizará el 20-11-2022, incluido.
Objeto: regular las ayudas a la contratación para el fomento de la incorporación de personas en situación de desempleo mayores de 45 años en el mercado de trabajo.
Beneficiarios: las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña.
Se exceptúan las administraciones públicas y sus entidades dependientes o vinculadas, y las ETT.
Requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria (entre otros) (base 4):
l) Disponer de capacidad técnica y económica para ejecutar las actuaciones subvencionables. Se cumple este requisito si:
– La persona o la entidad solicitante no ha amortizado ningún puesto de trabajo, en los términos previstos en los art. 51 y 52 del ET, durante los 12 meses anteriores a la formalización del contrato de trabajo objeto de subvención.
– Incrementar con el contrato de trabajo por el que se solicita la subvención, el número de personas ocupadas en comparación con la media de los 12 meses previos, a no ser que el puesto haya quedado vacante por dimisión de la persona trabajadora, jubilación, muerte, gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta de la persona trabajadora, o por despido disciplinario, procedente, u otra causa no imputable a la empresa.
Personas destinatarias: las personas en situación de desempleo, mayores de 45 años, y que no hayan prestado servicios en ninguna entidad mediante la modalidad de contratación de duración indefinida en los 6 meses anteriores al inicio del contrato de trabajo a subvencionar, y que cumplan, como requisito específico, ser persona demandante de empleo no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Empleo de Cataluña durante 6 meses en los 12 meses anteriores al inicio del contrato de trabajo.
Para esta convocatoria se considera colectivoprioritario las personas con un grado reconocido oficialmente de discapacidad superior o igual al 33%, de acuerdo con lo que prevé la base 5.1 del anexo 1 de la Orden TSF/133/2018.
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