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Las cláusulas suelo han sido uno de los temas que más controversia han generado en los últimos tiempos. El Tribunal Supremo declaró en sentencia de 9 mayo de 2013 la nulidad de las cláusulas suelo que incumplieran ciertos requisitos de transparencia. La cuestión llegó hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en fecha 21 de diciembre de 2016 se pronunció al respecto.
La nulidad de las cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo hipotecario realizados con consumidores es incuestionable; sin embargo, la duda surge cuando nos encontramos ante contratos realizados por personas jurídicas o empresas. En el presente artículo abordaremos la polémica cuestión.
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