La nueva Ley 10/2021 de trabajo a distancia se publicó por el BOE el 10 de julio y entró en vigor el 11 de julio. Una ley que tiene su origen en el Real Decreto-ley 28/2020, por el que se estableció la regulación del teletrabajo. La nueva norma reproduce el contenido del RDL 28/2020, y al igual que este, no se aplicará a las empresas que hubieran implantado el teletrabajo como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19, aunque las empresas están obligadas a dotar a sus trabajadores de los medios necesarios para desarrollar el trabajo a distancia, y a compensar los gastos existentes en la forma establecida a través de la negociación colectiva.
La Ley 10/2021 incluye las modificaciones legislativas necesarias para adaptar la legislación social a la regulación del trabajo a distancia (Estatuto de los Trabajadores -ET- art. 13, 23.1 s y 37.8; Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social -LISOS- art 7.1) y un nuevo artículo en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social -LRJS- que crea un procedimiento judicial especial aplicable a las reclamaciones relacionadas con derecho de acceso, reversión y modificación del trabajo a distancia (LRJS art. 138.bis). La nueva norma consta de 22 artículos, 7 disposiciones adicionales, 4 transitorias y 14 finales.
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