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El pasado 1 de octubre entraron en vigor dos órdenes del Ministerio de Hacienda en el BOE (HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021) en el que comunidades autónomas, municipios, o cualquier administración o intermediario privado dispondrán de 90 días para crear planes antifraude y, por ende, poder optar a subvenciones por parte de la Unión Europea.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante PRTR, se configura como un instrumento promovido en el ámbito de la Unión Europea; orientado a mitigar los impactos de la Pandemia COVID-19. Así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la «descarbonización» y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación; consiguiendo en última instancia una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la Pandemia.
El objeto de la ejecución del PRTR es establecer las disposiciones generales precisas para facilitar la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos, en especial las provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación.
Las presentes órdenes pretenden que las Administraciones públicas implanten un Sistema de cumplimiento normativo tal y como ya lo realizan grandes empresas. En este sentido, significa que se deberán establecer códigos éticos, sistemas de alerta, mapas de riesgo, declaraciones de ausencia de conflicto de interés, cursos de formación y políticas de obsequios y confidencialidad, entre otros.
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