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En una reciente Sentencia de junio de 2022, el TS entiende que, a efectos del subsidio por desempleo para mayores de 55 años (ahora 52 años), los periodos de cotización asimilados por parto (112 días por hijo) han de tenerse en cuenta para comprobar si se cumple el requisito de haber cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de la vida laboral y ello, a pesar del tenor literal del artículo 274.4 de la LGSS.
La regla sobre cotizaciones ficticias por razón de alumbramiento constituye una norma de acción positiva a favor de las mujeres.
La finalidad de la norma es beneficiar a todas las mujeres cuando hayan de obtener beneficios prestacionales o sociales derivados de su actividad laboral, pues esa actividad laboral la que se ha visto afectada por una circunstancia derivada de su sexo.
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