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El Consejo de ministros ha elevado hasta los 1.080 euros mensuales el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2023.
El texto del real decreto y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo que lo acompaña reflejan que el SMI será de 15.120 euros anuales, 1.080 euros al mes y 36 euros al día. En el caso que la cantidad anual sea prorrateada en 12 meses, la cantidad mensual quedaría cifrada en 1260€. Los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, la cuantía del salario no podrá ser inferior a los 51,15 euros por jornada legal en actividad. Para los empleados de hogar que trabajen por hora, la hora trabajada se pagará en 2023 a 8,45 euros, resultado de incluir todos los conceptos retributivos, gratificaciones extraordinarias, descansos y vacaciones.
Esta subida tiene efectos retroactivos de fecha 01 de enero de 2023, pero se aplicarán en la nómina de febrero 2023, es decir en febrero se cobrará 1080€ de la mensualidad, a los que sumaremos 80€ en concepto de atrasos correspondiente al mes de enero.
Como siempre, cuando estamos hablando del SMI, son cantidades brutas, las cuales están sujetas a devengos.
Esta subida afectará a las empresas que no tengan convenio colectivos de aplicación, o bien que si lo tengan, pero las tablas salariales marquen un salario inferior al reflejado anteriormente.
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