La Agencia Tributaria ya tiene un calendario provisional con las fechas para implantar el nuevo sistema de IVA franquiciado con el que los autónomos y pymes que facturen menos de 85.000 euros al año quedarán exentos de incluir el IVA en sus facturas, y que posiblemente sustituirá al actual régimen simplificado y al especial del recargo de equivalencia. La idea es que este régimen se despliegue en tres fases, una por año, hasta entrar en vigor en 2025.
Como ya habrá leído o escuchado, la Agencia Tributaria está preparando un nuevo sistema de IVA franquiciado con el que los autónomos y pymes que facturen menos de 85.000 euros al año quedarán exentos de incluir el IVA en sus facturas, y que posiblemente sustituirá al actual régimen simplificado y al especial del recargo de equivalencia. La idea es que este régimen se despliegue en tres fases, una por año, hasta entrar en vigor en 2025.
Su adopción se debe en concreto a la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de 18 de febrero de 2020 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al régimen especial de las pequeñas empresas, y el Reglamento (UE) nº 904/2010, en lo que respecta a la cooperación administrativa y al intercambio de información a efectos de vigilancia de la correcta aplicación del régimen especial de las pequeñas empresas, que viene a ampliar el régimen de franquicia del IVA a las operaciones intracomunitarias, de tal forma que las empresas no establecidas en un Estado se puedan beneficiar de la franquicia por las ventas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el mismo.
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