Hoy, 11 de enero de 2024, ha sido tumbada la tramitación parlamentaria del Real Decreto 7/2023, por lo cual, al no haber sido ratificado el mismo, quedan sin efecto y derogadas, las siguientes novedades que habían sido acordadas en dicho decreto.
1)La modificación de la Regulación Relativa al Permiso de Lactancia: Al quedar sin efecto, la modificación del artículo 37.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, queda sin efecto la regulación dada a dicho precepto, mediante la cual, se eliminaba, el requisito, conforme, en caso de que una trabajadora quisiera disfrutar de forma acumulada del permiso de lactancia, ello debiese acordarse en negociación colectivo o acuerdo individual.
Por lo tanto, por ahora, volverá a ser necesario, como requisito, para disfrutar de forma acumulada dicho permiso, el acuerdo individual o colectivo, dejando de ser, por lo tanto, el disfrute acumulado, un derecho absoluto de los trabajadores.
2)Se deja sin efecto, la reforma del
Subsidio de Desempleo: El Subsidio por Desempleo, el cual, en el Real Decreto no ratificado hoy, 11 de enero de 2024, queda sin efecto, mejoraba el importe del subsidio, pasando de los 480 euros actuales, a 570 euros los 6 primeros meses y 540 euros los 6 siguientes, pasando a ser de 480 euros tras el primer año.
También queda sin efecto, la ampliación del acceso al mismo a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares
De otra parte, queda ratificado el R-D L 8/2023 de 27/12/23, que ha introducido novedades para el 2024 en materia prestacional, de cotización y bonificación, y cuya circular informativa les enviamos el pasado 3/01/24.