Una Sociedad Unipersonal es aquella que está constituida por un único socio, ya sea porque se creó de esta forma inicialmente o porque, tras la salida de otros socios, ha quedado con un solo integrante.
Este tipo de sociedad está regulado en los artículos 12 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). Este modelo empresarial también está adoptado en varios países europeos, incluyendo Liechtenstein desde 1926, y otros como Francia, Alemania, Holanda e Italia durante las décadas de 1980 y 1990.
¿Qué son las Sociedades Unipersonales?
Las Sociedades Unipersonales pueden ser tanto sociedades anónimas como limitadas (SAU, SLU). El socio único puede ser una persona física o jurídica. Un detalle clave de estas sociedades es su requerimiento de «publicidad». Según se establece en el artículo 13 de la LSC, la condición de unipersonalidad debe constar en una escritura pública y registrarse en el Registro Mercantil.
La unipersonalidad puede surgir también cuando se transmite participaciones hasta quedar un solo socio. Si no se formaliza la inscripción de esta situación dentro de un plazo de seis meses desde que ocurre, el socio único será responsable de manera personal, solidaria e ilimitada por las deudas de la empresa.
Obligaciones de la Sociedad Unipersonal
En las reuniones que se celebren, el único socio actúa como presidente y secretario. Si este socio celebra contratos con su propia empresa, dichos contratos deben documentarse por escrito en los libros de registro y reflejarse en la Memoria anual de la sociedad.
Estas obligaciones buscan proteger a los demás acreedores de la sociedad ante la posibilidad de que el socio único quiera incluir esos créditos en la masa pasiva en caso de concurso de acreedores.
Ser unipersonal no implica que el socio tenga más responsabilidades que el capital que ha aportado a la empresa, siempre que se cumplan los requisitos de divulgación pública.
Los procedimientos para establecer una Sociedad Unipersonal son similares a los de una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima con múltiples socios.
Ventajas de la Sociedad Unipersonal
Tras estas explicaciones, podemos considerar si es más ventajoso para una persona física establecer una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) o operar como autónomo. La elección dependerá de varios factores, incluyendo el alcance del proyecto, los volúmenes de actividad y rendimiento esperados, y las posibles responsabilidades derivadas.
Es cierto que gestionar una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) es más complejo que operar como autónomo, pero esto no debería ser el factor decisivo. A menudo, los emprendedores inicialmente consideran formar sociedades unipersonales y, tras evaluar el alcance del proyecto, descubren que puede ser más conveniente comenzar como autónomo.
En resumen, es crucial cumplir con las normas de publicidad para evitar responsabilidades adicionales derivadas de la gestión de una Sociedad Unipersonal.
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