Con la reforma de los planes de pensiones de 2014, establecida por el Real Decreto 62/2018, a partir de 2025 será posible rescatar un plan de pensiones sin esperar a situaciones especiales como la jubilación, invalidez o desempleo de larga duración. Solo se requerirá que hayan transcurrido más de diez años desde la realización de las aportaciones al plan. Los fondos acumulados que cumplan con este criterio podrán ser retirados sin necesidad de justificar la decisión ante la entidad financiera.
Es importante recordar que el Real Decreto 62/2018 introdujo modificaciones en el Reglamento sobre los compromisos de pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, así como en el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Estas modificaciones han reducido las comisiones máximas de gestión y, a su vez, han aumentado la liquidez de esta forma de ahorro, permitiendo a los partícipes retirar, a partir de 2025, las aportaciones con al menos diez años de antigüedad sin restricciones.
Desde 2025, los partícipes podrán rescatar las aportaciones a sus planes de pensiones que tengan una antigüedad mínima de diez años, sin necesidad de cumplir condiciones excepcionales. Esta flexibilización, resultado de la reforma del Real Decreto 62/2018, modificará significativamente la liquidez de estos instrumentos, permitiendo a los ahorradores acceder a su capital sin limitaciones temporales.
Hasta ahora, los planes de pensiones solo permitían el rescate en situaciones específicas: jubilación, desempleo de larga duración, incapacidad, enfermedad grave o fallecimiento del titular, en cuyo caso los beneficiarios podían acceder a los fondos. Esta nueva normativa introduce una excepción que comenzará a aplicarse en 2025, otorgando mayor flexibilidad a los partícipes.
Cambios en los planes de pensiones
La normativa incluye dos modificaciones clave. La primera es la posibilidad de rescatar las aportaciones que tengan más de diez años de antigüedad, comenzando con las realizadas antes de 2015. Por lo tanto, desde 2025 se podrá disponer del capital aportado hasta 2015, y las contribuciones de 2016 estarán disponibles a partir de 2026, y así sucesivamente.
El segundo cambio significativo es la reducción de las comisiones de gestión, que pasarán de un promedio del 1,5% al 1,25%, y en fondos de renta fija, podrán bajar hasta el 0,85%. Esta reducción de costos, vigente desde 2018, tiene como objetivo hacer los planes de pensiones más atractivos y accesibles para los ahorradores.
Cómo recuperar las aportaciones
La normativa establece que se podrá recuperar la inversión realizada junto con la revalorización obtenida durante los diez años de permanencia en el fondo. Para determinar el monto a rescatar, se tendrá en cuenta el número de participaciones adquiridas en el momento de la aportación y su valor actualizado. Esta medida busca dar mayor dinamismo y liquidez a los planes, convirtiéndolos en una opción más versátil para el ahorro a largo plazo.
Fiscalidad del rescate a 10 años
A pesar de la mayor liquidez, la fiscalidad del rescate seguirá siendo la misma que en los casos tradicionales como la jubilación. El dinero retirado se considera un rendimiento del trabajo y tributa en la base general del IRPF, con un tipo que oscilará entre el 19% y el 47%, dependiendo del importe total y la escala progresiva del impuesto. Esto significa que el rescate se sumará al salario y otros ingresos, lo que podría influir en el tipo marginal aplicable.
Es relevante tener en cuenta que el rescate de un plan de pensiones también se considera como un segundo pagador en la declaración del IRPF, lo que podría afectar la obligación de presentar la declaración anual si el total rescatado supera ciertos límites.
Opciones de rescate
Al cumplir los diez años, los partícipes tendrán tres modalidades de rescate: en forma de renta, de capital o mixta. Elegir el rescate en forma de renta permite recibir pagos periódicos, lo que, desde el punto de vista fiscal, puede ser más ventajoso, dado que el impuesto se aplicará de manera progresiva. En cambio, optar por rescatar el capital de una sola vez podría aumentar significativamente la base imponible, elevando así el tipo marginal aplicable.
Una opción interesante para quienes aportaron antes del 31 de diciembre de 2006 es la posibilidad de aplicar una reducción fiscal del 40% sobre las cantidades retiradas. Por ejemplo, si se rescatan 50.000 euros, solo 30.000 se añadirían a la base imponible. No obstante, es importante tener en cuenta que un importe elevado podría hacer que el contribuyente suba de tramo y enfrente un mayor tipo impositivo.
Consideraciones fiscales y alternativas de inversión
Desde una perspectiva fiscal, rescatar el plan de pensiones antes de la jubilación podría resultar en un mayor pago de impuestos, ya que el IRPF aplicable al salario suele ser más alto que el correspondiente a una pensión. Por ello, es crucial evaluar no solo la fiscalidad, sino también el coste de oportunidad. Mantener el dinero en un plan de pensiones implica dejarlo en un producto con rentabilidad variable y comisiones, mientras que podría ser más beneficioso invertir en otros instrumentos, como fondos de inversión o carteras indexadas.
En conclusión, la posibilidad de rescatar planes de pensiones con más de diez años de antigüedad a partir de 2025 representa un avance significativo en la flexibilidad y accesibilidad de estos productos. Sin embargo, es esencial que los partícipes consideren detenidamente las implicaciones fiscales y las alternativas de inversión antes de decidir, para maximizar el rendimiento de sus ahorros y optimizar su planificación financiera a largo plazo.
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