Efectivamente, el nuevo redactado del artículo 34 del Estatuto de los trabajadores, exigirá el registro de jornada de todos los trabajadores. Anteriormente a este decreto Ley, sólo se obligaba a registrar la jornada a aquellos trabajadores a tiempo parcial o que realizasen horas extraordinarias.
¿Qué tipo o sistema de registro deberán llevar las empresas?
La norma no determina qué sistema de registro se debe llevar. Entendemos que se debe tratar de un sistema de libre elección de la empresa, que permita la comprobación de una manera indubitada del registro de la jornada: hora de entrada y hora de salida. El método debe garantizar la fiabilidad del sistema. Si bien los convenios colectivos podrían solicitar un sistema de registro en concreto, en función de las características de la actividad laboral.
¿Qué sucede con aquellas empresas que no cumplan con la norma?
El no cumplimiento con lo establecido en el artículo 34 del Estatuto, será considerado como falta grave y por lo tanto sancionable hasta 6.250 euros. Los registros deberán ser conservados durante 4 años y puestos a disposición de la inspección cuando así lo requiera.
¿Qué sucede con aquellos trabajadores, que por la naturaleza de su trabajo no acuden al centro de trabajo diariamente?
Es muy buena pregunta. La Ley no excluye a estos trabajadores, por lo que deberán también cumplir con la norma. ¿De qué forma? Deberá tratarse de un sistema móvil o digital que permita el registro.
¿El «fichar» en una empresa no significa un paso atrás en las relaciones laborales?
Es una pregunta que el tiempo deberá responder. En mi opinión como laboralista diría que no. Esto ayudará a un mejor control de las horas trabajadas y evitará el abuso que muchas veces se realiza de largas jornadas sin compensación económica. Si vamos más allá, sería una norma generadora de empleo, en tanto en cuanto existen limitaciones legales y convencionales al tiempo de trabajo. Aquellas empresas que necesiten más dedicación de sus trabajadores y que no quieran pasar estos límites, deberán contratar a otros. Pero como digo, con el tiempo se verá y podremos analizar con datos esta nueva e interesante norma que afectará a millones de trabajadores en nuestro país.
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