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Para tener derecho a cobrar determinadas prestaciones públicas, como la pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente, es necesario haber cotizado durante un tiempo determinado.
Por ejemplo, para cobrar una pensión contributiva de jubilación hay que cotizar 15 años. Normalmente, para cotizar es necesario trabajar por cuenta ajena o propia. No obstante, es posible cotizar a la Seguridad Social sin trabajar si se suscribe un Convenio Especial con esta administración.
En este artículo, te daremos todos los detalles sobre cómo puedes cotizar sin trabajar, ya que es una duda muy frecuente para muchas personas.
Como te hemos adelantado anteriormente, existe una forma de cotizar sin trabajar. Para ello, es necesaria la firma de un Convenio Especial, que tiene como objeto la cobertura de las prestaciones correspondientes a invalidez permanente, muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, jubilación y servicios sociales.
En este caso, el ciudadano tiene la obligación de abonar las cuotas que correspondan, y siempre es necesario cumplir una serie de requisitos.
Cualquier persona que quiera acceder al convenio especial ya mencionado, debe cumplir una serie de requisitos una vez finalizada su relación laboral con una empresa. En concreto, pueden beneficiarse de esta particularidad:
Asimismo, es requisito imprescindible tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
En todos aquellos casos en los que la persona suscriba este tipo de acuerdo con la Seguridad Social, se podrá elegir la cuantía de la cuota a pagar. En función de la cantidad que abone el usuario se obtendrá, una vez llegue la jubilación, una pensión más elevada o más baja.
Los rangos de cotización vendrán determinados en todos los casos por el régimen laboral en el se encontraba el trabajador, así como por los años cotizados. De esta forma si, por ejemplo, se escoge cotizar sin trabajar por 1.000 euros mensuales, la cuota a abonar por la persona que ha suscrito el convenio especial con la Seguridad Social será de 266,02 euros.
Toda la información para acceder a este trámite, así como la documentación y la vía para presentarlo están disponibles en la página web de la Seguridad Social. A través de este enlace, se puede acceder al modelo de trámite, el cual debe descargarse, rellenarse y entregarse mediante la sede electrónica.
Para ello, será necesario contar con un método de identificación para personas físicas, como pueden ser el certificado digital, el sistema Clave Pin o el DNI electrónico. Además de por vía telemática, este convenio especial también puede suscribirse de forma presencial en cualquiera de las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social.
Como has podido ver, realmente existe una vía legal de cotizar sin trabajar, y es la de establecer un convenio especial con la Tesorería de la Seguridad Social.
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