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El Consejo de Ministros ha aprobado dos Resoluciones instando al ICO, y otras entidades encargadas de prestar avales para la consecución de financiación dada por el Estado de las líneas COVID I y COVID II, a adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo lo recogido en el aprobado Código de Buenas Prácticas para el marco de renegociación para clientes con financiación avalada. Además, se extienden los plazos de solicitud y cuantías máximas de los préstamos para la solicitud de los mencionados avales.
Se trata de un Código de adhesión voluntaria para las entidades financieras que, en caso de dar su conformidad, tendrán un mes para comunicarlo a la Secretaría General del Tesoro, órgano que deberá publicar un listado de entidades con avales públicos que lo han suscrito y otro con las que no. Es obligatorio que los bancos informen a los clientes si están adheridos o no.
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