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La acción más pequeña es mucho mejor que la intención más grande. Hubiese sido todo un detalle por parte de los gobernantes y gobernantas mantener en vigor la deducción de maternidad en caso de ERTE, pero cuando la demagogia no sale gratis la caja manda. En otra ocasión será….
Las Consultas Vinculantes de la DGT V1955-13 y V1957-13 ya indicaban que no, y una nueva resolución de ayer, la nº 142217 del INFORMA, vuelve a reiterar el criterio.
¿Sería aplicable la deducción por maternidad durante el tiempo que el contrato de trabajo se encuentre suspendido como consecuencia de la aprobación de un expediente de regulación temporal de empleo?
En los casos de suspensión del contrato de trabajo durante todo el mes, como consecuencia de la aprobación de un expediente de regulación temporal de empleo, deja de realizarse una actividad por cuenta ajena y de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad y el correspondiente abono anticipado.
Solo sería posible realizar un trabajo por cuenta ajena, cuando éste se realizase a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En estos casos sí se tendría derecho por esos meses a la deducción por maternidad.
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