La reforma de la Ley de Sociedades de Capital se ha publicado recientemente en la Ley 5/2021, de 12 de abril. Esta ley modifica nuevamente la vigente Ley de Sociedades de Capital (LSC), y que, salvos supuestos específicos, entrará en vigor el día 3 de mayo de 2021. Una modificación de la LSC ha sido aprobada para evitar que una gran parte de sociedades tenga la necesidad de modificar estatutos.
La Ley de Sociedades de Capital (LSC) ha sido reformada en varios niveles. Todo ello proviene de Europa. Concretamente, transpone la Directiva 2017/828 de 17 de mayo.
Esta Ley 5/2021 de reforma de la LSC ha tenido mayor impacto para las sociedades cotizadas, instituciones de inversión colectiva y entidades de capital-riesgo. Más que nada introduciendo medidas de transparencia. Si bien, no podemos perder de vista que afecta, aunque con menor calado, a las sociedades anónimas y limitadas.
La reforma añade la obligación para las sociedades anónimas cotizadas de incluir junto con el informe anual de gobierno corporativo, el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros en sección separada del informe de gestión.
Esto pretende que los accionistas puedan conocer con más facilidad la remuneración de los consejeros. Esto deberá publicarse en la web de la sociedad e incorporarse al informe anual a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Además de todo esto, también se obliga a las sociedades a que en su página web mantengan actualizada la información sobre sus consejeros, con relación a si pertenecen a otros consejos de administración.
En el mismo sentido, el informe anual de remuneraciones de los consejeros deberá aparecer en la web, de forma gratuita y durante 10 años. Aún así, quedará prohibido revelar datos personales de los consejeros en dicho informe. Hay que recordar que la protección de datos preocupa de forma muy especial a la Unión Europea.
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