Como consecuencia de la COVID-19, se aprobó la equiparación de la situación de incapacidad temporal (IT) por aislamiento o contagio de los trabajadores a una situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, exclusivamente a efectos de la prestación económica.
La sexta ola del coronavirus COVID-19 ha generado un torrente de bajas laborales, y son muchas las dudas que se están planteando al respecto por parte de los trabajadores y empresarios.
Hace unos días, la Comisión de Salud Pública, en la que están representados las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Sanidad, acordó por unanimidad reducir la cuarentena de todos los positivos por Covid-19 a siete días frente a los diez fijados hasta la fecha. Una medida que va en línea con países del entorno como Reino Unido, Italia o Francia.
Por otro lado, el Govern de Cataluña acaba de autorizar que las pruebas caseras de antígenos que den positivo valgan como prueba para tramitar la baja laboral a través de internet. Se quiere así reducir la presión en los ambulatorios al tiempo que se apela a la responsabilidad para evitar fraudes. En esta misma línea, otras comunidades autónomas, como Madrid, han revisado sus protocolos para permitir la tramitación telefónica del papeleo.
Ver: Enlace a la estrategia de detección precoz, vigilancia y control de la COVID-19 elaborado por el Ministerio de Sanidad