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Una nota informativa de la Dirección General de Trabajo señala que las empresas deberán devolver las cotizaciones exoneradas de toda la plantilla en caso de incumplir el compromiso de empleo (ERTEs Covid.19) por un solo trabajador.
El pasado 18 de marzo de 2020 se publicaba el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, mediante el cual se concretaban los alcances y consecuencias de los ERTEs ante el impacto del COVID-19.
En dicho Real Decreto, en concreto en su D.A. 6ª (que ha sido posteriormente modificada), se regulaba el compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses de obligado cumplimiento para las empresas que se acogiesen a las medidas extraordinarias y de acompañamiento a los ERTEs-Covid.19 aprobadas, y principalmente a la exoneración de cotizaciones a favor de estas.
Desde la propia publicación del precepto, éste dio lugar a dudas y diferentes interpretaciones y criterios sobre su cumplimiento, comienzo del cómputo de los seis meses, aplicación individualizada o colectiva, consecuencias de su incumplimiento, etc. Así, desde entonces nos hemos venido preguntando: ¿el incumplimiento del mantenimiento de empleo sobre una única persona trabajadora daría lugar a la devolución de todas las cotizaciones exoneradas o de solo las de esa persona trabajadora?
En este sentido se ha pronunciado la Dirección General de Trabajo, no de manera oficial pero sí en una nota interna, señalando que se deberán devolver las cotizaciones exoneradas de toda la plantilla en caso de incumplir el compromiso de mantenimiento de empleo asociado a un ERTE COVID-19 por un solo trabajador.
Así, con independencia del número de trabajadores sobre los que se incumpla el compromiso de mantenimiento de empleo asociado al ERTE, han de devolverse la totalidad de las cotizaciones exoneradas.
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