El nuevo sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII), aplicable para grandes empresas y optativo para el resto, que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2017, se basa en un modelo de información instantánea a cumplimentar por determinados sujetos pasivos del IVA, que tienen la obligación de remitir a través de la Sede electrónica de la AEAT la información que contienen los libros registro del IVA, además de algunos datos adicionales.
Con la implantación de este sistema, las empresas deberán informar a la Agencia Tributaria, de forma casi inmediata, de todos sus movimientos y operaciones relacionadas con las facturas emitidas y recibidas, los bienes de inversión, así como otras operaciones intracomunitarias.
¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES VENTAJAS E INCONVENIENTES PARA EL CONTRIBUYENTE DEL NUEVO SII?
Como ventajas podemos destacar, entre otras:
- Reducción de las obligaciones formales, suprimiendo la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, así como la elaboración de los Libros Registros de IVA.
- Tendremos a nuestra disposición la información de los “Datos Fiscales”, que nos servirá de gran ayuda a la hora de contrastar datos, simplificar la declaración y evitar que nos equivoquemos.
- Reducción de los plazos de realización de las devoluciones, al disponer la AEAT de la información en tiempo casi real y de mayor información sobre las operaciones.
- Disminución de los requerimientos de información, ya que muchos de los requerimientos actuales tienen por objeto solicitar las facturas o datos contenidos en las mismas para comprobar determinadas operaciones.
Como inconvenientes, podemos destacar:
- Los plazos son muy reducidos para la comunicación de los datos. Posibilidad de ser sancionado por Hacienda, si no se presentan en el plazo establecido las facturas.
- Necesitamos utilizar una herramienta compatible con la plataforma de la Agencia Tributaria. Aumento del coste en adaptar los sistemas informáticos para trabajar con el nuevo sistema.
- Una mayor carga administrativa para la empresa.
EL CONSEJO DE LOS EXPERTOS
Carolina Martínez Zamora
Abogada
audipasa
El 2 enero arrancó la fase voluntaria del SII, que ya estaba funcionando desde el 1 de julio para la fase obligatoria.
Pasados unos meses, los problemas a los que nos hemos enfrentado son los previstos de reducción de plazos, cierto incremento en el volumen de la carga administrativa y necesidad de mayor agilidad en la recepción de información de los clientes. La Administración ejerce mayor control y, los despachos profesionales, tenemos mayor responsabilidad.
Este nuevo sistema, cuenta con ventajas importantes: al disponer de una información de calidad en un intervalo de tiempo corto, se agiliza el sistema de gestión del IVA, y se reducen los plazos de realización de las devoluciones.
En los meses de enero y febrero, hemos notado también cierta reducción de obligaciones formales, por la supresión de la obligación de los modelos 347, 340 y 390 en ciertos casos.
Con el tiempo, se espera una disminución de los requerimientos de información por parte de la AEAT, ya que muchos de los requerimientos hasta la implantación del SII tenían por objeto solicitar los Libros registro, las facturas o datos contenidos en las mismas para comprobar determinadas operaciones.
Joan Roura
Director Área Fiscal oficina de Granollers
JDA/SFAI
Con la entrada en funcionamiento del SII, resulta destacable el esfuerzo exigido a los departamentos de contabilidad y a los desarrolladores de software para el cumplimiento de esta obligación, y a mi parecer, en general, ambos han estado a la altura, y hay que reconocérselo muy a pesar de que es una labor muy poco rentable para las compañías.
No sabemos dónde está el límite de lo razonable en cuanto a las obligaciones exigibles a las empresas, pero ciertamente está llegando a unos extremos que el legislador debería tener en cuenta.
A mi parecer trasladar a las empresas el coste del control de las operaciones a las empresas, poniéndolas al servicio de la administración tributaria, no favorece precisamente su competitividad.
Fernando Matesanz y Ana González Martínez
Managing Director y VAT Senior Consultant
Spanish VAT Services
Nuestra opinión, como despacho especializado en asesoramiento en material de IVA, es crítica con el SII. Supone un incremento de las obligaciones formales totalmente desproporcionado que difícilmente tiene cabida en el Derecho Comunitario. La normativa europea permite a los Estados miembros imponer obligaciones que aseguren la recaudación. Sin embargo, siempre deben respetar el principio de proporcionalidad.
Las obligaciones que se han eliminado son principalmente anuales, mientras que se ha añadido una obligación de declaración que, en algunos casos, puede ser diaria. Además, las compañías acogidas al régimen de devolución mensual se han visto perjudicadas. Prueba de todo esto es que el número de empresas que voluntariamente han optado por el sistema es insignificante.
La única ventaja que podemos encontrar es que las compañías han aprovechado el SII para revisar sus procedimientos de facturación y eliminar errores e incongruencias.
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