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No todas las empresas están obligadas a auditar sus cuentas anuales. A continuación, te detallamos las que sí lo están.
Tamaño de la Sociedad
Están obligadas a auditar las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión, cuando se trate de sociedades mercantiles (anónimas, limitadas, comanditarias, cooperativas, etc) que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:
Cuando se trate del primer ejercicio de la sociedad se tendrá en cuenta sólo dicho ejercicio para comprobar si cumple al menos dos de los parámetros anteriores.
Si la sociedad deja de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias anteriores, dejará de estar obligada a auditar sus cuentas.
En el caso de fundaciones, existe obligación de someter a auditoría externa las cuentas anuales cuando, a fecha de cierre del ejercicio, concurran al menos dos de las circunstancias siguientes:
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