Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho es si es más conveniente constituir una Sociedad Limitada o actuar como autónomo.
Normalmente, quienes nos hacen esta consulta son emprendedores que ya han comenzado su actividad como personas físicas y se plantean cambiar a Sociedad Limitada, o bien están a punto de iniciar su proyecto y dudan entre ambas opciones. La respuesta no es única ni general, ya que depende de varios factores importantes.
Aunque a menudo se simplifica la cuestión enfocándola solo en la tributación, este aspecto no es el único que debe influir en la decisión final.
Autónomo individual
Como regla general, solemos aconsejar comenzar de menos a más, es decir, iniciar como autónomo y, en función del desarrollo del proyecto, considerar el cambio a Sociedad Limitada.
Este criterio es particularmente válido cuando se trata de una persona física que comienza una actividad a pequeña escala, sin un conocimiento profundo del mercado y con una capitalización limitada.
Sociedad Civil Privada
En el caso de que haya más de una persona involucrada, probablemente nos inclinemos por una estructura societaria o, como paso intermedio, por una Sociedad Civil Privada (SCP). Aquí es importante considerar el concepto de “proyectos compartidos”, que a veces se pasa por alto.
Por ejemplo, si dos o más amigos comparten una idea de negocio y deciden emprender juntos, pero solo uno de ellos asume la responsabilidad mientras los otros colaboran sin tomar riesgos, es fundamental formalizar los acuerdos. De lo contrario, en función de la evolución del negocio, pueden surgir conflictos sobre cómo distribuir las responsabilidades o los beneficios, especialmente si se han gestionado aspectos como la financiación o la protección de la marca.
Conclusión: Siempre que haya varias personas implicadas, recomendamos redactar acuerdos fundacionales que establezcan claramente las obligaciones y derechos de cada uno, incluso si no se opta por constituir una sociedad formal.
Aspectos clave a valorar
Para decidir entre constituirse como autónomo o formar una sociedad, es esencial evaluar varios factores, como:
- Dimensión: Volumen de inversión, facturación estimada, personal necesario y riesgos asociados.
- Rentabilidad inicial: Calcular los resultados netos esperados para comparar el coste fiscal de cada opción.
- Fiscalidad: Algunas actividades pueden beneficiarse de un trato fiscal más favorable como persona física o como sociedad, dependiendo del caso.
- Riesgos derivados: Dependiendo de la actividad y la necesidad de contratar personal, la creación de una sociedad puede ser recomendable para proteger el patrimonio personal del emprendedor.
- Financiación: Si se necesita inversión externa, probablemente será necesario formalizar la actividad como sociedad.
- Temporalidad: Proyectos con una duración limitada, que buscan generar plusvalías para una venta rápida, pueden requerir un enfoque diferente.
Patrimonio familiar
Un caso particular es cuando una persona o familia se plantea gestionar su patrimonio, ya sea mobiliario o inmobiliario, de forma individual o mediante una sociedad.
Algunos de los puntos mencionados pueden aplicarse a este escenario, pero otros no. Es un tema que hemos tratado en otros artículos y que seguiremos abordando en el futuro, considerando aspectos como la planificación sucesoria y la fiscalidad asociada al Impuesto de Sucesiones.
En definitiva, recomendamos siempre analizar cada caso de manera individual antes de tomar cualquier decisión, ya que esta será la mejor forma de asegurar una elección acertada.
Si tienes alguna duda, el equipo de Miquel Valls Asesores Fiscales y Financieros te asesorará. A continuación tienes sus datos de contacto.