Ya está próximo el cierre del ejercicio fiscal y contable de 2017 y es de suma importancia hacer una proyección a diciembre que nos pueda servir de base para tomar las decisiones que más nos convengan. Fuente original: Emprendedores
Lo primero, es importante conocer el alcance de las medidas fiscales que se han aprobado para 2017, así como las que está previsto que se aprueben para 2018 y que puedan repercutir en esta última parte del año y, en general, las ventajas que pueden aportar.
Este ejercicio 2017 trae consigo una serie de modificaciones en algunos tributos que afectan especialmente a los autónomos y empresas, como el Impuesto de Sociedades y el IVA.
IVA Y SOCIEDADES
En el IVA, la entrada en vigor del sistema electrónico de Suministro Inmediato de Información (SII) representa la principal novedad. Las empresas incluidas en él podrán presentar sus liquidaciones de impuestos hasta diez días después de plazo.
Por su parte, las medidas relativas al Impuesto de Sociedades no modifican los tipos nominales, que mantienen el 25%, sino que limitan las deducciones. Entre las que se modifican se encuentran la exención por dividendos, la reversión de los deterioros de valor de las participaciones y la limitación a la compensación de bases imponibles negativas.
Además, tras finalizar el periodo especial de adaptación, en 2017 todas las sociedades civiles con objeto mercantil y que desarrollen una actividad económica, tienen que tributar exclusivamente por el Impuesto sobre Sociedades.
Todo ello sin perjuicio de las novedades normativas establecidas por las respectivas Comunidades Autónomas y normativa foral del País Vasco y Navarra, y que se deben tener en cuenta para los residentes fiscales en dichos territorios.
CONTABILIDAD
También conviene fijarnos en el ámbito contable y su incidencia en el cierre del ejercicio, analizando las normas de valoración, los estados financieros, los mecanismos de contabilización y las obligaciones de información y documentación.
En el último mes del año también es muy recomendable realizar una estimación de la liquidación de los impuestos antes del cierre del ejercicio. Nos permitirá obtener una información aproximada de cuál será la factura fiscal y así tener la capacidad de poder actuar.
EL CONSEJO DE LOS EXPERTOS
NURIA SANTANDREU TORRENTS
Socia directora
audipasa boutique de negocios
Estas fechas son primordiales y determinantes para tomar decisiones que nos lleven afrontar el cierre contable y fiscal.
Debemos proveernos de un check list, con el que podamos verificar que en nuestra contabilidad tenemos reflejadas las novedades que afectan a las cuentas anuales, que tenga en cuenta las resoluciones del ICAC, así como la normativa vigente en relación con el Impuesto sobre Sociedades.
Si la actividad la desarrollamos como empresarios o profesionales, deberemos conocer qué novedades hay en el IRPF y en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Siempre deberemos saber qué novedades publicadas nos pueden afectar con relación al Impuesto del Valor añadido.
Se acercan las Navidades, pero aún estás a tiempo de encontrar el camino, de modificarlo, y ajustarlo.
JORDI FONT BARDÍA
Socio
Font Abogados y Economistas
Una adecuada optimización del cierre contable-fiscal supone minimizar tanto el coste fiscal, como el riesgo de futuras inspecciones tributarias. Este año hay que poner especial atención a: Operaciones Vinculadas. Revisar el método seguido para determinar el “valor de mercado”. Si se ha contabilizado por un valor diferente, hay que hacer un ajuste para calcular la cuota del Impuesto de Sociedades. Patent Box. Es interesante externalizar en una sociedad ad hoc del grupo el departamento de I+D, ya que al hacerlo así los ingresos por la cesión de sus patentes tributarán con una reducción del 50% en el IS.
Ingresos, Gastos y Existencias. Respecto a los ingresos y gastos, hay que poner atención a su imputación según el criterio de devengo, y respecto a las existencias además de hacer un adecuado recuento, hay que dejar prueba de la depreciación sufrida.
JOAN DÍAZ
Director general
JDA – SFAI
Tengo que partir de que cualquier directivo o empresario no lleva a cabo este proceso sin estar asesorado. Por tanto, mi consejo no puede ir en ninguna otra dirección que no sea la de asegurarse de que los estados financieros de cierre de ejercicio son lo más transparentes posible, que todos los activos son recuperables y que no existen otros pasivos que los que se expresan en el balance.
Estas medidas le habrán llevado a la necesidad de realizar provisiones y ajustes en la contabilidad. Analice, con su asesor, la deducibilidad y temporalidad de todos estos ajustes, a fin de no tributar más de lo necesario.
Y empiece a planificar su política fiscal de los próximos años a corto y medio plazo -que es como se obtienen las mayores ventajas- y, consecuencia de ello, estudie que prácticas y políticas contribuyen mejor a una menor y más
ajustada tributación.
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