Despacho
Despacho especializado en consultoría a empresas familiares, fiscales, contable y financieros.
Doctors Trias i Pujol, 6-8 entlo.
08034 Barcelona
Tel. 93 206 99 80
Fax 93 280 54 51
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– Compleja disyuntiva la que tenemos, crisis sanitaria versus crisis económica disruptiva. Acaba de anunciar el Presidente Pedro Sánchez el confinamiento total y el cierre de todas las actividades económicas salvo las esenciales reguladas en el Art. 18 RD 463/2020 hasta 9 de abril inclusive. Pero nada se dice en relación con la suspensión de las presentaciones tributarias. Un tema palmario que el Gobierno soslaya. Alemania, Francia, Reino Unido, USA entre otros muchos países suspenden la presentación de impuestos, pero aquí nada, esto es España.
El estado de derecho a la hora de la verdad se reduce al derecho del Estado y a un sálvese quien pueda….
Mañana se aprobará en el Consejo de ministros extraordinario y se publicará en el BOE con entrada en vigor para lunes 30.
Comentaré las medidas adoptadas de contenido económico en el webinar del próximo jueves 2 de abril, con Amado Consultores. (bit.ly/2WN6nff)
– Palmadita en la espalda y brindis al sol….. Quizás sea falta de imaginación o de paciencia, pero no se me ocurre mejor manera de resumir las medidas de contenido tributario que ha aprobado el gobierno para hacer frente a la crisis sanitaria y por ende económica más compleja y devastadora de nuestra historia.
Posibilidad de aplazar impuestos cuyo plazo de presentación e ingreso este comprendido entre 13 y 30 de mayo incluyendo IVA, retenciones y pagos fraccionados del IS, pese a la expresa prohibición del 65.2 LGT por 6 meses con 3 de carencia de intereses.
Aumento del plazo de pago y de procedimientos administrativos a 30 de abril para los iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 8/2020 (18 de marzo) y 20 de mayo para las notificaciones efectuadas con posterioridad a dicha fecha.
Obsérvese el cuadro con la casuística planteable tanto en periodo voluntario como en ejecutivo. El plazo medio en periodo voluntario es de 18 días y en ejecutivo de 36,67 días y si le notificaron los días 16 -17 de marzo se queda usted como estaba… Que cada cual saque sus propias conclusiones, la mía la tengo clara. Aunque menos da una piedra, esto es simple y llanamente una tomadura de pelo.
Y entre tanto a presentar todos los impuestos en plazo y no se olviden del 720, por Dios!!! (bit.ly/344neff)
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