Iniciativa Fiscal informa
Con caracter informativo, se hace saber que es aconsejable guardar cautela en lo que respecta a la venta de activos esenciales. Sobre todo, a la hora de recabar la autorización de la junta general en lo que respecta a la adquisición, enajenación o aportación a otras sociedades de dichos activos.
En todos estos casos, los accionistas y los socios disponen de la acción individual de responsabilidad que podrán ejercer contra de los administradores cuando se entienda que hayan realizado actos que perjudiquen directamente sus intereses.
En consonancia, la venta de activos esenciales se regula de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 160 f de la Ley de Sociedades de Capital, estableciendo que su adquisición, su enajenación o la aportación a otra sociedad debe ser aprobada por la junta general.
A continuación, desde Iniciativa Fiscal tratatemos de definir qué son los activos esenciales y cuál es su importancia, entendiendo el sentido de la regulación establecida para su venta. Si esto te parece interesante, no te pierdas la información detallada que te presentamos de inmediato.
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