En cuanto al IVA, es fundamental conocer los requisitos clave para operar con otros empresarios dentro de la Unión Europea (UE). Entre estos destacan la obtención del NIF-IVA, la inscripción en el ROI y la validación de números de IVA mediante el VIES, entre otros aspectos importantes.
Dentro de nuestros servicios de asesoría fiscal, queremos brindarle una visión clara sobre los principales requisitos para operar dentro de la UE a efectos del IVA. A continuación, le resumimos algunos de los más relevantes, como la obtención del NIF-IVA, el registro en el ROI y la validación del NIF-IVA a través del VIES, entre otros.
Requisitos para operar en la UE: ROI, VIES, NIF-IVA y NVAT
Obligación de obtener el NIF-IVA:
Si su empresa está ubicada en el territorio de aplicación del IVA español (península y Baleares) y va a llevar a cabo alguna de las siguientes operaciones, deberá inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) a través del modelo 036:
- Entregas intracomunitarias de bienes.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas a IVA.
- Servicios recibidos de empresarios o profesionales no establecidos en España.
- Prestación de servicios a otro Estado miembro.
Localización de operaciones y herramientas del IVA:
Puede comprobar si necesita un NIF-IVA para una operación específica utilizando las herramientas «Localizador de prestación de servicios» y «Localizador de entregas de bienes» disponibles en la web de la Agencia Tributaria.
Procedimiento para solicitar el alta en el ROI:
- Complete la declaración censal, modelo 036.
- Marque la casilla 582 para solicitar el alta en el ROI.
- Indique la fecha estimada para la primera operación en la casilla 584.
Importante: Si la Agencia Tributaria no responde en un plazo de tres meses, se considerará que la solicitud ha sido denegada.
Identificación en otros Estados miembros:
Para obtener la identificación en otro país de la UE, puede consultar el documento «Vademecum on VAT obligations» en la página web de la Comisión Europea.
Validación del NIF-IVA a través del VIES:
Verifique el NIF-IVA de un cliente o proveedor de otro Estado miembro utilizando el sistema VIES. Para acceder, necesitará un certificado electrónico de identificación o un DNI electrónico.
Exención de IVA en entregas intracomunitarias:
La exención de IVA en una entrega intracomunitaria es aplicable si el cliente ha proporcionado un NIF-IVA válido de otro Estado miembro y el proveedor ha informado la operación en el modelo 349. De lo contrario, la entrega estará sujeta al IVA español.
Régimen de franquicia en otros países comunitarios:
Si un proveedor de otro país de la UE está acogido al régimen de franquicia, no dispondrá de un NIF-IVA, y sus ventas estarán exentas de IVA. En tal caso, el empresario adquirente español no deberá liquidar la operación como adquisición intracomunitaria en España.