Desde hace meses, el Gobierno quiere implantar una cotización basada en los ingresos reales de los trabajadores autónomos, a través de un modelo fijo y permanente en el tiempo, tratando en cualquier caso de no producir distorsiones significativas, ni para los autónomos ni para la gestión administrativa de la cotización.
Esta decisión, además, ha quedado comprometida con Bruselas tras la redacción definitiva del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo componente 30, “Sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo”, contiene una inversión dedicada al “nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos por sus ingresos reales, por el que se busca implantar gradualmente un nuevo sistema de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) basado en los rendimientos por la actividad económica desempeñada”. En este sentido, en el marco de la reforma de las pensiones es objetivo a medio y largo plazo “abordar el incremento importante del número de jubilaciones en las próximas décadas”, lo que exige, entre otras medidas, una “adaptación a la realidad económica (…) en materia de cotización de autónomos”.
Tras los problemas surgidos en la negociación del nuevo sistema con los agentes sociales y principales asociaciones de autónomos, y advertida la gran complejidad que supone la reforma del RETA, el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que no se aplicará hasta 2023, y que se abrirá un periodo transitorio de nueve años (aún sin precisar los detalles) para valorar su eficacia y poder realizar las oportunas correcciones. El propio sistema contará con revisiones periódicas cada tres años, en las que el Ejecutivo, junto con el resto de agentes negociadores, podrá acordar, en su caso, acortar los plazos para la implantación definitiva.
La intención es que la cuota siga siendo voluntaria y que el trabajador autónomo regularice su cotización cada año, al final de su ejercicio fiscal (cuando se determinen los verdaderos ingresos reales). Asimismo, se podrá cambiar de base de cotización seis veces cada año, para ir ajustándola a los rendimientos netos.
Entre los problemas advertidos para implantar el nuevo sistema, hay que destacar las dificultades técnicas que para la Agencia Tributaria implica averiguar los rendimientos netos de todos los trabajadores autónomos. Las principales asociaciones de autónomos, especialmente la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), han puesto de manifiesto en diversas ocasiones la problemática en la aplicación a personas trabajadoras que no tributen en estimación directa (autónomos con sistema de módulos, familiares, nuevos emprendedores, societarios), y que la Hacienda Pública solo dispone de los rendimientos netos de muchos trabajadores 18 meses después del cierre de cada ejercicio fiscal, de modo que la cotización se establecería sobre unos rendimientos que no se corresponderían con la actividad del año en que se cotiza. Por ello, en una primera fase se recopilaría toda la información, con posibilidad de ajustes, para una posterior de definitiva implantación.
En el largo debate sobre la cotización por ingresos reales, también se ha puesto de manifiesto la necesidad de instaurar mecanismos que eviten prácticas irregulares como el “efecto frontera”: es decir, que el interesado pueda trasladar ingresos a ejercicios posteriores para no superar un determinado tramo y soslayar el abono de una cuota superior.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Ejecutivo ha anunciado que en 2022 se establecerán las bases de este mecanismo y se encauzará la información que necesiten los autónomos sobre sus rendimientos netos para ir encuadrándolos en los tramos de cotización, de modo que el 1 de enero de 2023 comenzaría la aplicación del nuevo sistema.
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