La cumplimentación de declaraciones tributarias suele considerarse como una tarea burocrática de escaso valor, que puede encargarse a personal poco cualificado o a gestorías “low cost”.
“Craso error”. Basta para ello pensar que, a parte de algunos datos que proporcionan notarios y bancos, la gran mayoría de los datos que maneja Hacienda, son datos que proporcionan los propios contribuyentes, a través de las declaraciones de impuestos (IVA, IRPF, Sociedades, Patrimonio, etc…) y a través de las declaraciones informativas (M-390, M-190, M-347, M-349, M-720, M-232,……).
Datos que van aumentando ejercicio a ejercicio, ya que las declaraciones se van complicando, incorporando la obligación de proporcionar más datos. Tendencia que irá en aumento en los próximos años, y no solo en la cantidad de datos solicitados sino también en la inmediatez en con la que se tendrán que suministrar. El S.I.I. (Sistema inmediato de información) aplicable, por ahora a algunas sociedades, y que sin duda se generalizará más pronto que tarde, es un buen ejemplo de ello.
Son precisamente estos datos los que Hacienda cruza y compara, y fruto de ello se generan una gran parte de inspecciones.
Por esa razón no hay que quitarle importancia a la confección de declaraciones. Datos aparentemente intrascendentes como: el CNAE, el IAE, el porcentaje de participación de los socios, el nombre de administradores y apoderados, no lo son.
Es sorprendente la cantidad de sociedades que declaran volúmenes de facturación diferentes en la declaración de impuesto sobre sociedades y en la declaración resumen del IVA (M-390), sin haber analizado y preparado la justificación de dichas diferencias.
O aquellas en las que los datos declarados en el modelo 347 (ingresos y pagos de más de 3.000 €), no coinciden con los que han declarado sus clientes y proveedores.
Errores que se multiplican cuando se encargan a personas distintas, sin ninguna vinculación, la confección de las diferentes declaraciones. Por ejemplo, se contrata con una asesoría la confección de la declaración del impuesto sobre sociedades, mientras que otras declaraciones como el IVA y las retenciones del IRPF, el M-347 se confían a personal interno de la empresa.
Nuestra recomendación es que encarguen a su asesor habitual, o a otro que pueda tener una visión más objetiva, un análisis de coherencia de todas las declaraciones que haya presentado correspondientes a un mismo ejercicio, de esta manera evitará problemas en el futuro.