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Es ampliamente conocido que las herencias pueden y suelen generar, más habitualmente de lo deseable, conflictos entre los familiares implicados que pueden incluso paralizar la tramitación de la herencia, sin que se pueda llevar a cabo el reparto y adjudicación de los bienes.
Si el difunto otorgó testamento, los conflictos pueden verse reducidos dependiendo del contenido del testamento. Es decir, si se contempla quiénes son los herederos y la repartición de bienes que se debe hacer entre los mismos, la aparición de conflicto se ve ampliamente reducida. Ahora bien, si el difunto no otorgó testamento o si bien otorgándolo, únicamente indicaba los herederos, sin efectuar un reparto de los bienes, sí pueden surgir mayores conflictos.
La mediación en la herencia
En estas situaciones conflictivas, la mediación es la vía más idónea para que los herederos se pongan de acuerdo en el reparto de la herencia, la valoración de los bienes y la adjudicación de estos a cada heredero. La vía judicial debería ser la última opción ya que sería un juez imparcial y sin vínculo alguno con la persona fallecida y sus herederos el que decida; siendo que la solución que adopte pueda no gustar a todos los herederos e incluso pueda generar más conflictos futuros.
Toda herencia implica un factor altamente emocional que los juzgados no tienen en cuenta y que la mediación sí, ya que un conflicto hereditario no sólo puede ser solventado con la repartición de los bienes de la herencia, sino que debe atenderse también a las necesidades emocionales de los herederos.
El mediador, con el uso de diferentes técnicas y herramientas, podrá resolver o mitigar el conflicto emocional de los herederos, creando así una atmosfera más propicia para alcanzar acuerdos y resolver el problema económico de la herencia
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