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La subasta judicial se encuentra regulada en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC); no obstante, aunque lo hace de forma incompleta, la define como la fase del procedimiento de apremio orientada a determinar, mediante licitación pública, el precio al que los bienes que van a ser vendidos, e individualizar la persona que los adquiere.
Profundizando un poco más en su definición, la subasta judicial, es la realizada por medio de los Juzgados y, tiene por objeto la venta de uno o varios bienes o lotes de bienes, según lo que resulte más conveniente para el buen fin de la ejecución cuando el deudor no quiere o no puede pagar de manera voluntaria a su acreedor y judicialmente es forzado a vender sus bienes para pagar a los acreedores con la liquidez obtenida de la venta.
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