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El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2022, que tiene como finalidad paliar los daños económicos derivados del incremento de los costes energéticos y de la guerra de Ucrania. Para ello, la norma instaura un conjunto de ayudas para las empresas que se están viendo afectadas por la notable subida de los costes en el gas, electricidad, materias primas e hidrocarburos.
Entre el conjunto de ayudas podemos encontrar subvenciones, exenciones, aplazamientos de pagos a la Seguridad Social, ampliaciones de líneas de financiación y bonificaciones en el precio de algunos productos.
No obstante, el Real Decreto-ley 6/2022 también tiene en cuenta la otra cara de la moneda, y prevé una serie de medidas en el ámbito jurídico laboral de apoyo a los trabajadores. Concretamente, en su artículo 44 establece lo siguiente:
«Artículo 44. Medidas en el ámbito laboral.
En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.
Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos».
Por consiguiente, esta «prohibición de despedir» se plantea desde una doble vertiente, y tiene en consideración distintas circunstancias para que pueda hacerse efectiva.
Por un lado, aquellas empresas que se beneficien de las ayudas públicas contempladas en este Real Decreto-ley no podrán realizar despidos objetivos que tengan el aumento de los costes energéticos como causa que justifiquen los mismos.
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