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A pesar de la desescalada y la reactivación de la economía, muchas empresas continúan con sus ERTE activos.
Algunas de estas empresas tienen una actividad ligada a una temporada del año en la que se genera más negocio, por lo que suelen tener personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo, es decir, un contrato indefinido por el cual se prestan servicios de forma intermitente en el tiempo, para una temporada concreta, como pueden ser monitores vacacionales, socorristas de piscinas, profesores en estaciones de esquí, etc.
La regulación de estos contratos la encontramos en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, y suelen tener algunas especialidades en los convenios colectivos de aquellos sectores donde la naturaleza de la actividad invita a realizar este tipo de contratación.
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