El 19 de septiembre de 2024, se publicó en el DOGC la convocatoria de ayudas para empresas y/o entidades que acojan estudiantes en prácticas profesionales no laborales. Estas prácticas deben haber comenzado a partir del 1 de enero de 2024 y haber finalizado antes del 31 de agosto de 2024.
El propósito de esta ayuda es compensar los gastos que las empresas y/o entidades asumen al acoger a estudiantes en prácticas profesionales no laborales.
OBJETO
El objetivo de esta convocatoria es compensar los gastos que las empresas y/o entidades incurren al recibir estudiantes para la realización de prácticas profesionales no laborales.
Cada empresa/entidad podrá presentar una única solicitud, que deberá incluir un solo anexo con los datos de los estudiantes en prácticas. Para empresas o entidades con más de un centro de trabajo, se debe solicitar, enviando un correo electrónico a qbid.soc@gencat.cat, el alta de una persona designada para generar este anexo único con la información de todos los centros.
En el correo se debe indicar en el asunto: «Alta qBID-anexo», y en el cuerpo incluir nombre, apellidos, empresa, DNI y correo electrónico. El personal técnico del SOC proporcionará acceso a la persona designada para la generación del anexo.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Estas ayudas están dirigidas a empresas y/o entidades con menos de 250 trabajadores que hayan acogido estudiantes en prácticas profesionales no laborales vinculadas a un certificado de profesionalidad entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024, en los siguientes programas:
- Formación de oferta en áreas prioritarias (código FOAP).
- Forma e Insertar (códigos ATCC1 y ATCC2).
- Formación en centros propios de Innovación y Formación Ocupacional (códigos CIFOCS_ED).
- Convenio con el IMET para la formación en mecánica aeronáutica (código CVNIN), sujeto a las condiciones establecidas en dicho convenio.
- Convenio con el Departamento de Educación (código FPOIES).
- Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona a través de Barcelona Activa (código SOCBASA).
- Convenio entre el SOC, UPC FORMACIÓN Y MOVILIDADES S.A. (código CONV_SOC_UPC).
CONDICIONES Y REQUISITOS
Las empresas y/o entidades solicitantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Declarar si han solicitado u obtenido otras ayudas para la misma actividad.
- Cumplir la normativa de propiedad intelectual si utilizan elementos que generen derechos de autor.
- Estar inscritas y legalmente constituidas, en caso de ser entidades sin ánimo de lucro.
- Cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad y las medidas alternativas previstas para empresas de 50 o más trabajadores.
- Tener protocolos para la prevención y detección de acoso sexual y por razón de sexo.
- Respetar las leyes de igualdad de género y prevención de riesgos laborales.
- Acreditar la capacidad técnica y económica para ejecutar las acciones subvencionadas.
- Utilizar un lenguaje inclusivo y no sexista en toda la documentación generada.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
El importe de la ayuda será de 3 euros por estudiante y hora de prácticas realizadas. La cuantía máxima otorgable a una empresa o entidad es de 3.000 €, lo que corresponde al 2% del presupuesto total convocado.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para presentar solicitudes estará abierto del 20 de septiembre al 21 de octubre de 2024.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES
Serán subvencionables las prácticas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024.
NORMATIVA:
Resolución EMT/3324/2024, de 5 de septiembre, por la que se abre la convocatoria de ayudas para empresas y/o entidades que acogen alumnado en prácticas (SOC-AYUDAS EMPRESAS).
Orden EMT/229/2023, de 17 de octubre, que regula las ayudas y becas para desempleados que participan en formación profesional y las ayudas para empresas que acogen alumnado en prácticas (SOC-BECAS).