En el blog de Fórum Jurídico sobre Medidas Excepcionales COVID19 comentan la nueva normativa aplicable a la regulación de los arrendamientos de vivienda habitual.
El Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia, ha modificado el plazo en el cual el arrendatario de vivienda habitual puede solicitar el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta de la vivienda habitual.
Con la nueva norma se ha fijado el nuevo plazo de tres meses, a contar desde el 2 de abril de 2020. De esta forma se amplía el plazo de un mes inicialmente fijado por el Real Decreto- Ley 11/2020, de 31 de marzo.
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