El Impuesto sobre el Patrimonio es un gravamen directo y personal que aplica a la riqueza neta de individuos, conforme se establece en la Ley 19/1991, de 6 de junio.
Este impuesto ha generado polémica en España, ante la preocupación de que pueda infringir el principio de capacidad económica, recogido en el artículo 31 de la Constitución Española, y resultar en una confiscación de bienes. La controversia se enfoca en determinar si este tributo afecta directamente al patrimonio como indicador de la capacidad económica o si, en cambio, se vincula más estrechamente con los ingresos del contribuyente.
La inquietud surge al considerar que, siendo un impuesto que se aplica anualmente sobre el patrimonio, podría conllevar a una confiscación progresiva de la riqueza de una persona si sus ingresos no son suficientes para cubrir el pago del impuesto en un año determinado.
Por otro lado, si el impuesto se entiende como una medida sobre la capacidad económica derivada de los ingresos, no se consideraría inconstitucional a priori. Sin embargo, podría ser visto como confiscatorio en situaciones donde el monto del impuesto sea excesivamente alto en relación con los ingresos del contribuyente en un periodo específico.
La adecuación del Impuesto sobre el Patrimonio a los principios constitucionales y su potencial naturaleza confiscatoria son objeto de debate en el sector legal y fiscal de España. Este debate incluye la presentación, el 20 de abril de 2021, del Recurso de inconstitucionalidad n.º 1798-2021 contra ciertas disposiciones de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, y un recurso similar presentado por FOMENT DEL TREBALL en mayo de 2023 ante la Audiencia Nacional.
Si el Tribunal Constitucional anulase el Impuesto o las normas que regulaban su aplicación para los ejercicios fiscales 2021 y 2022, sería necesario ajustar las declaraciones de todos aquellos contribuyentes que hubieran liquidado este tributo. Sin embargo, similar a lo ocurrido con la Plusvalía Municipal, el Tribunal podría limitar los efectos de tal anulación a casos específicos donde los contribuyentes hubiesen solicitado una rectificación antes de la sentencia.
Es relevante notar que impugnar la liquidación del impuesto detiene el plazo de prescripción, lo cual podría dar a la Administración más tiempo para revisar las declaraciones. Por ello, es importante evaluar si los beneficios de una sentencia favorable superan las implicaciones de detener la prescripción, que extiende el período de revisión administrativa.
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