Despacho
Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
Calle Alemanya, 17
17600 Figueres (Girona)
Tel.: 902365500
https://www.tax.es
¿Qué es el REDEME?
El Régimen Especial de Devolución Mensual del IVA, es un sistema que permite a las empresas y autónomos recuperar el IVA soportado de forma mensual, en lugar de hacerlo de forma anual. Las empresas que se acogen al REDEME pueden obtener liquidez de forma rápida, lo que se traduce en una gran ventaja para su flujo de caja. Esta opción está pensada para períodos en los que se realicen fuertes inversiones, para aquellos empresarios o profesionales que necesiten adquirir bienes y servicios con la intención de utilizarlos en una actividad empresarial o profesional y/ o que están iniciando un negocio.
¿Quién puede optar por este sistema?
Ya estaba disponible para las grandes empresas y exportadores, pero ahora la mayoría de contribuyentes sujetos a IVA también puede decantarse por él.
¿Qué requisitos debes cumplir?
Para tener derecho a la devolución mensual del IVA mediante el REDEME, hay que inscribirse de manera telemática en noviembre del año anterior al que quieras hacer efectivo, se accede por dos vías: Modelo 036 Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, marcando la casilla 129, para autónomos y sociedades. Modelo 039 Comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, marcando la casilla 12, para grupos de sociedades. Pueden acogerse al sistema REDEME, la gran mayoría de sujetos pasivos del IVA, pero deben cumplir estos requisitos: No tributar en el régimen simplificado del IVA, como los autónomos que coticen en estimación objetiva o módulos. Estar al corriente de tus obligaciones tributarias. No haber sido excluido del propio registro en los tres años anteriores a esta petición de ingreso.
¿Cómo funciona el Régimen Especial de Devolución Mensual del IVA?
La inscripción voluntaria en este régimen conlleva una serie de compromisos: Si eliges este sistema, tendrás que liquidar el IVA mensualmente y obligatoriamente por vía telemática a través del modelo 303. La devolución que te corresponda será abonada mediante transferencia bancaria. Hay que llevar los libros registro del IVA dentro de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a través del Suministro de Información Inmediata (SII).
¿Cuándo debes presentar la solicitud en el registro del REDEME?
La podrás presentar en el mes de noviembre del año anterior al que deba surtir efecto y, a partir del 1 de enero del año en que se hará efectivo.
Si tienes alguna duda Tax Economistas y Abogados te puede asesorar. A continuación tienes sus datos de contacto.
Despacho especializado en materia contable, fiscal, laboral y seguros
Calle Alemanya, 17
17600 Figueres (Girona)
Tel.: 902365500
Formar parte de este portal es una garantía de calidad y de confianza
Llegamos mensualmente a más de 80.000 empresas de todo el territorio español8
Mantente al día con las últimas tendencias y noticias del ámbito legal.