El 21 de noviembre de 2024, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley de reforma fiscal. Habitualmente, desde nuestras circulares comentamos únicamente disposiciones legales ya aprobadas, no proyectos. No obstante, excepcionalmente y debido a consultas recibidas, elaboramos una nota informativa sobre las reformas de disposiciones legales en tramitación.
Cuando la disposición legal sea finalmente aprobada, informaremos como es habitual mediante circular. La presente nota es solo informativa; los temas mencionados pueden ser modificados durante la fase de tramitación. Se comunica con el fin de destacar los puntos principales aprobados en el Proyecto de Ley mencionado.
La entrada en vigor de las medidas incluidas en el Proyecto se prevé para el 1 de enero de 2025.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Rentas del capital. Los tipos impositivos para las rentas del ahorro se incrementan en dos puntos, alcanzando el 30% para retribuciones superiores a los 300.000 euros.
Reducción especial para trabajadores del sector artístico. Se introduce una reducción del 30% para los trabajadores de artes escénicas, audiovisuales, musicales y auxiliares, cuando los ingresos extraordinarios superen el 130% de la media de los tres años anteriores. Esta reducción se aplicaría hasta un máximo de 150.000 euros.
Seguridad Social
Incapacidad permanente. Se plantea una modificación de la Ley General de la Seguridad Social para suspender el pago de pensiones de incapacidad absoluta o gran invalidez si el pensionista puede realizar una actividad que requiera darse de alta en la Seguridad Social. Si se da de baja, volvería a recibir la pensión. El complemento por gran invalidez se mantendría para cubrir la remuneración de la persona que lo atienda.
Bonificación a clubes deportivos. Se propone una bonificación integral en las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social para la contratación de entrenadores o monitores de menores de 18 años, incluidos en competiciones profesionales.
Impuesto de Sociedades
Reducción para pymes y micropymes. Se prevé una rebaja progresiva de los tipos impositivos para pymes, micropymes y cooperativas. Las empresas con hasta 10 millones de facturación verán su tributación reducirse del 25% al 20% en 2029, y las microempresas del 23% al 20% en 2027. Además, se establecerá un tipo reducido del 17% para los primeros 50.000 euros de base imponible a partir de 2027.
Desgravación por recapitalización. Se introduce una reducción de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en función de la capitalización de los resultados del ejercicio, pudiendo alcanzar hasta un 30% de aumento de fondos propios si la plantilla crece un 10%. Esta desgravación podría llegar al 25% en pymes.
Impuesto adicional para grandes grupos. Se crea un impuesto complementario para grupos multinacionales o grandes grupos nacionales cuya tributación no alcance el 15% sobre el resultado contable ajustado. Este impuesto se aplicará hasta alcanzar el umbral mínimo.
Límites a las deducciones. Se prorrogan dos años los límites a las deducciones del 50% para la compensación de bases imponibles negativas en grupos multinacionales. Se excluye de esta medida a las fundaciones.
Reversión de deterioros. Se anula la reforma fiscal de 2016 que establecía límites a las deducciones y compensación de pérdidas para empresas con facturación superior a 20 millones de euros, así como el régimen de reversión de deterioros de participaciones empresariales.
Impuesto sobre el Tabaco
Ampliación del gravamen. Se gravan los líquidos de vapeadores y las bolsas de nicotina, y se actualizan los tipos e importes en el Impuesto sobre el Tabaco.
Impuesto a la Banca
Nuevo impuesto a la banca. Se establece un impuesto temporal sobre el margen de intereses y comisiones obtenido por entidades de crédito y sucursales de entidades extranjeras. La base imponible se reducirá en 100 millones y la cuota líquida disminuirá un 25%. Además, se introducirá una deducción extraordinaria si la rentabilidad sobre el activo total no alcanza el 0,7%. El impuesto se aplicará en cuatro escalas según márgenes (1%, 3,5%, 4,8%, 6% y 7%) y toda la recaudación se destinará al sistema de financiación autonómica.
IVA. Fraude de Hidrocarburos
Modificación de la Ley del IVA. Se modificará la Ley 37/1992 del IVA y su reglamento para exigir mayores garantías a los operadores y aumentar el control de la administración tributaria, incluyendo a este sector en las actividades obligadas a realizar declaraciones.
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