Desde el 08/09/2020, todos los nuevos autónomos que se den de alta como miembros de una sociedad mercantil, ya tienen reconocido de oficio el derecho a acogerse a la Tarifa Plana y aquellos que se dieron de alta como autónomos societarios a partir de septiembre de 2016 pueden reclamar el importe que han pagado de más (tanto si estás pendiente de resolución como si tienes una resolución negativa).
¿Qué es la tarifa Plana?
La Tarifa Plana es un incentivo de 12 meses -los primeros desde que se causa el alta- con una cuota fija de 60 euros, los seis siguientes con una reducción del 50% de la base de cotización y los otros seis con una reducción del 30%.
¿Qué importe te corresponde de devolución?
Dependerá de la base de cotización y de otros aspectos. Desde TAX analizaremos tu situación y te indicaremos el importe.
¿Qué es un autónomo societario?
Deben darse de alta como autónomos societarios aquellos que cumplan los siguientes supuestos:
- Que tengan al menos el 25% del capital de la empresa y ejecuten labores de dirección o gerencia.
- Que tengan al menos el 33% del capital y trabajen en la empresa.
- Que no tengan participaciones pero convivan con uno de los socios con el 50% de capital.
Si quieres reclamar el importe correspondiente a la Tarifa Plana que no te pudiste aplicar, contacta con Tax.