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El BOE publica hoy el Real Decreto-Ley 32/2020 de 3 de noviembre en el que se detallan las siguientes medidas para hacer frente a la situación provocada por la COVID-19:
– Subsidio extraordinario de desempleo para aquellas personas que hayan agotado todas sus prestaciones durante el primer estado de Alarma, es decir, desde el pasado 14 de marzo hasta el 30 de junio de 2020
Esta prestación, cuyo importe será del 80% del IPREM, es decir, unos 430 € aproximadamente, tendrá una duración de tres meses y la podrán solicitar las personas desempleadas que hayan agotado todas sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020. Asimismo, no podrán tener acceso a otras ayudas como por ejemplo el Ingreso Mínimo Vital ni posibilidad de incorporarse al mercado laboral. No obstante, sí podrán solicitarla las personas que estén cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestación contributiva.
– Ayudas para trabajadores del sector cultural
Ayudas para trabajadores del sector cultural. Se prorroga la prestación extraordinaria por desempleo para artistas que trabajen en espectáculos públicos hasta el 31 de enero de 2021.
También se ha aprobado un subsidio de desempleo para el personal técnico o auxiliar en eventos culturales o taurinos de hasta 775,83€ mensuales si cumplen los siguientes requisitos:
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