Tarinas informa
En fecha 30 de septiembre, se ha publicado el nuevo Real Decreto 30/2020, de medidas sociales en defensa del empleo, el cual regula la situación actual de los Expedientes de Regulación de Empleo.
Los puntos a destacar de esta nueva normativa en relación a los ERTES son los siguientes:
- Los Expedientes de Regulación de Empleo por causa de fuerza mayor, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021.
- NO todas las empresas afectadas por un ERTE de fuerza mayor van a seguir beneficiándose de las exoneraciones de las cotizaciones de la Seguridad Social, tan solo las actividades que indicamos en la tabla que adjuntamos final de este comunicado, así como aquellas empresas que dependan directa o indirectamente de las empresas indicadas en la tabla (esto es, que su facturación dependa en más de un 50% de las actividades de la tabla).
- Los trabajadores seguirán cobrando el 70% de la base reguladora.
- No se podrá despedir durante el plazo de 6 meses desde la fecha de reanudación, ya sea total o parcial, de la actividad.
- Las empresas afectadas por un ERTE deberán realizar una nueva Solicitud Colectiva de Prestaciones antes del 20 de octubre de 2020.
- Regulación de dos nuevos tipos de ERTE Expedientes de Regulación Temporal de Empleo por Impedimento o Limitaciones de Actividad.
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