La persistencia de los efectos negativos sobre las empresas y el empleo de la situación de emergencia sanitaria causada por la Covid-19 exige mantener las medidas excepcionales previstas hasta el momento, relativas a las suspensiones y reducciones de jornada por causa de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas con la COVID-19, así como las medidas extraordinarias vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo y cotizaciones.
El presente Real Decreto-Ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, ello es el 27/01/21, hoy.
La persistencia de los efectos negativos sobre las empresas y el empleo de la situación de emergencia sanitaria causada por la Covid-19 exige mantener las medidas excepcionales previstas hasta el momento, relativas a las suspensiones y reducciones de jornada por causa de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas con la COVID-19, así como las medidas extraordinarias vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo y cotizaciones.
El presente Real Decreto-Ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, ello es el 27/01/21.
A continuación, les resumimos estas medidas:
1.- Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor basados en causas relacionadas con la situación pandémica y medidas extraordinarias en materia de cotización.
Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes, basados en fuerza mayor derivada del COVID-19, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021.
Los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, se mantendrán vigentes en los términos recogidos en las correspondientes resoluciones estimatorias, expresas o por silencio, resultándoles de aplicación las medidas extraordinarias en materia de cotización previstas en dicha disposición, durante el período de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021.
Los expedientes de regulación temporal de empleo por limitación al desarrollo normalizado de la actividad vigentes, basados en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021.
Las exoneraciones aplicables a estos expedientes, desde el 1 de febrero de 2021, serán las siguientes:
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